Se trata de una porción de terreno que es colindante con fincas de su propiedad. Figura en el inventario de bienes como ramal del camino del Resgaño, con 97 metros cuadrados aproximadamente de medición. Su calificación jurídica es de bien de manía en la escrita de uso público. Obran en el expediente los informes favorables de Obras Públicas, de urbanismo y la tasación, puesto que se encuentra en núcleo rural, se hace en 4365 euros.
9 Venta de 97 metros de terreno municipal en el Camín del Regañón
Aprobada
Funcionamiento municipal Urbanismo HaciendaResumen
El Pleno aprueba por mayoría calificar como sobrante 97 m² del Camín del Regañón para su venta
El Pleno examinó la solicitud presentada por un particular el 18 de octubre de 2022 para adquirir una porción de terreno municipal de unos 97 metros cuadrados, colindante con fincas de su propiedad, inscrita en el inventario como ramal del camino. Secretaría expuso que constan informes favorables de Obras Públicas, urbanismo e intervención, y una tasación de 4.365 euros, sin alegaciones de los colindantes. Se aprobó por mayoría.
Datos mencionados
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97 metros cuadrados
superficie del terreno
cifra mencionada por Secretaría
Fuente
Secretaría 1:05:27 -
4.365 euros
tasación del terreno
cifra mencionada por Secretaría
Fuente
Secretaría 1:05:27 Se trata de una porción de terreno que es colindante con fincas de su propiedad. Figura en el inventario de bienes como ramal del camino del Resgaño, con 97 metros cuadrados aproximadamente de medición. Su calificación jurídica es de bien de manía en la escrita de uso público. Obran en el expediente los informes favorables de Obras Públicas, de urbanismo y la tasación, puesto que se encuentra en núcleo rural, se hace en 4365 euros.
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18 de octubre de 2022
fecha del escrito de solicitud
cifra mencionada por Secretaría
Fuente
Secretaría 1:05:16 Bueno, por escrito de don Luis Alberto Cueto Álvarez, solicita la adquisición de los terrenos de titularidad municipal a través de escrito de 18 de octubre de 2022.
Qué se comunica
Resultado
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Aprobada
Votación
Aprobada por mayoría: votaron a favor Grupo Popular, Foro y el concejal no adscrito; en contra Podemos, Izquierda Unida y Socialistas; VOX se abstuvo.
Ver evidencia (1)
Carmen Moriyón Entrialgo (Presidencia) Foro 1:06:19 Se somete a votación. ¿Votos a favor? Grupo Popular, Foro y concejal no adscrito. ¿Votos en contra? Grupo Podemos, Izquierda Unida y Socialistas. ¿Abstenciones? Grupo VOX. Se aprueba por mayoría. El punto 10 es la dación de cuenta del informe sobre el cumplimiento de los plazos de las obligaciones municipales según la Ley 3/2017, del 29 de diciembre, por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales correspondientes al cuarto trimestre del año 2025.
Votaciones
Posición por grupos
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Se aprueba por mayoría.
Debate
Bueno, por escrito de don Luis Alberto Cueto Álvarez, solicita la adquisición de los terrenos de titularidad municipal a través de escrito de 18 de octubre de 2022.
Se trata de una porción de terreno que es colindante con fincas de su propiedad. Figura en el inventario de bienes como ramal del camino del Resgaño, con 97 metros cuadrados aproximadamente de medición. Su calificación jurídica es de bien de manía en la escrita de uso público. Obran en el expediente los informes favorables de Obras Públicas, de urbanismo y la tasación, puesto que se encuentra en núcleo rural, se hace en 4365 euros.
Se hizo mediante oficio audiencia a los colindantes, sin que se hubieran presentado tampoco alegaciones, y se han emitido los informes preceptivos de Secretaría de Intervención. Por tanto, una vez dictaminado por Hacienda, se propone someter a Pleno la alteración de la calificación jurídica para calificar como sobrante y poder proceder a la venta de esta porción de terreno. Muchas gracias.
Se somete a votación. ¿Votos a favor? Grupo Popular, Foro y concejal no adscrito. ¿Votos en contra? Grupo Podemos, Izquierda Unida y Socialistas. ¿Abstenciones? Grupo VOX. Se aprueba por mayoría. El punto 10 es la dación de cuenta del informe sobre el cumplimiento de los plazos de las obligaciones municipales según la Ley 3/2017, del 29 de diciembre, por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales correspondientes al cuarto trimestre del año 2025.