5 El Pleno recibe las cuentas cerradas del presupuesto de 2025

Sin votación

Pleno 15 de abril 2026 · · Ver en el vídeo (20:52)

Funcionamiento municipal Hacienda

Resumen

El Pleno se da por enterado de la liquidación del presupuesto de 2025, aprobada por resolución de alcaldía

Secretaría expuso el contenido de la liquidación del presupuesto de 2025, que recoge los créditos y obligaciones del presupuesto de gastos, las previsiones y derechos del presupuesto de ingresos, los cobros y pagos pendientes a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería. La liquidación fue aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026. El Pleno se dio por enterado, sin votación ni intervenciones de los grupos.

Datos mencionados

  • 27 de febrero de 2026 fecha de la resolución de alcaldía cifra mencionada por Secretaría
    Fuente
    Secretaría 21:01

    El presupuesto de cada ejercicio se liquida en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural, debiendo las entidades locales y sus organismos autónomos confeccionar la liquidación de sus respectivos presupuestos. Presupuestos antes del primer día de marzo. La liquidación pone de manifiesto, respecto al presupuesto de gastos y cada partida, los créditos iniciales, modificaciones, créditos definitivos, gastos autorizados y comprometidos, obligaciones reconocidas, pagos ordenados y realizados. Respecto al presupuesto de ingresos, las previsiones iniciales, sus modificaciones, las previsiones definitivas, los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados Por tanto, la liquidación debe de determinar los derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería. La liquidación ha sido aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026, así como por los respectivos organismos autónomos. Las cuentas anuales de las empresas municipales del 100%, pertenecientes, cuyo capital pertenece 100% al Ayuntamiento, han sido formuladas por sus respectivos consejos de administración. Todo ello de conformidad con los artículos 191 y 192 de la Ley de Haciendas Locales, que prevé asimismo en su artículo 193 dar cuenta de la liquidación presupuestaria al Pleno, que comprende la del ayuntamiento y sus organismos autónomos, así como de la formulación de las cuentas anuales por las empresas municipales, cuyo desarrollo se prevé ha dado cuenta la correspondiente Comisión de Hacienda y que se anexa al acuerdo, procediendo a su publicación en el portal de transparencia.

  • 31 de diciembre fecha de cierre del ejercicio cifra mencionada por Secretaría
    Fuente
    Secretaría 21:01

    El presupuesto de cada ejercicio se liquida en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural, debiendo las entidades locales y sus organismos autónomos confeccionar la liquidación de sus respectivos presupuestos. Presupuestos antes del primer día de marzo. La liquidación pone de manifiesto, respecto al presupuesto de gastos y cada partida, los créditos iniciales, modificaciones, créditos definitivos, gastos autorizados y comprometidos, obligaciones reconocidas, pagos ordenados y realizados. Respecto al presupuesto de ingresos, las previsiones iniciales, sus modificaciones, las previsiones definitivas, los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados Por tanto, la liquidación debe de determinar los derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería. La liquidación ha sido aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026, así como por los respectivos organismos autónomos. Las cuentas anuales de las empresas municipales del 100%, pertenecientes, cuyo capital pertenece 100% al Ayuntamiento, han sido formuladas por sus respectivos consejos de administración. Todo ello de conformidad con los artículos 191 y 192 de la Ley de Haciendas Locales, que prevé asimismo en su artículo 193 dar cuenta de la liquidación presupuestaria al Pleno, que comprende la del ayuntamiento y sus organismos autónomos, así como de la formulación de las cuentas anuales por las empresas municipales, cuyo desarrollo se prevé ha dado cuenta la correspondiente Comisión de Hacienda y que se anexa al acuerdo, procediendo a su publicación en el portal de transparencia.

  • 100% capital municipal en las empresas municipales cifra mencionada por Secretaría
    Fuente
    Secretaría 21:01

    El presupuesto de cada ejercicio se liquida en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural, debiendo las entidades locales y sus organismos autónomos confeccionar la liquidación de sus respectivos presupuestos. Presupuestos antes del primer día de marzo. La liquidación pone de manifiesto, respecto al presupuesto de gastos y cada partida, los créditos iniciales, modificaciones, créditos definitivos, gastos autorizados y comprometidos, obligaciones reconocidas, pagos ordenados y realizados. Respecto al presupuesto de ingresos, las previsiones iniciales, sus modificaciones, las previsiones definitivas, los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados Por tanto, la liquidación debe de determinar los derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería. La liquidación ha sido aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026, así como por los respectivos organismos autónomos. Las cuentas anuales de las empresas municipales del 100%, pertenecientes, cuyo capital pertenece 100% al Ayuntamiento, han sido formuladas por sus respectivos consejos de administración. Todo ello de conformidad con los artículos 191 y 192 de la Ley de Haciendas Locales, que prevé asimismo en su artículo 193 dar cuenta de la liquidación presupuestaria al Pleno, que comprende la del ayuntamiento y sus organismos autónomos, así como de la formulación de las cuentas anuales por las empresas municipales, cuyo desarrollo se prevé ha dado cuenta la correspondiente Comisión de Hacienda y que se anexa al acuerdo, procediendo a su publicación en el portal de transparencia.

  • 191, 192 y 193 artículos de la Ley de Haciendas Locales citados cifra mencionada por Secretaría
    Fuente
    Secretaría 21:01

    El presupuesto de cada ejercicio se liquida en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural, debiendo las entidades locales y sus organismos autónomos confeccionar la liquidación de sus respectivos presupuestos. Presupuestos antes del primer día de marzo. La liquidación pone de manifiesto, respecto al presupuesto de gastos y cada partida, los créditos iniciales, modificaciones, créditos definitivos, gastos autorizados y comprometidos, obligaciones reconocidas, pagos ordenados y realizados. Respecto al presupuesto de ingresos, las previsiones iniciales, sus modificaciones, las previsiones definitivas, los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados Por tanto, la liquidación debe de determinar los derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería. La liquidación ha sido aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026, así como por los respectivos organismos autónomos. Las cuentas anuales de las empresas municipales del 100%, pertenecientes, cuyo capital pertenece 100% al Ayuntamiento, han sido formuladas por sus respectivos consejos de administración. Todo ello de conformidad con los artículos 191 y 192 de la Ley de Haciendas Locales, que prevé asimismo en su artículo 193 dar cuenta de la liquidación presupuestaria al Pleno, que comprende la del ayuntamiento y sus organismos autónomos, así como de la formulación de las cuentas anuales por las empresas municipales, cuyo desarrollo se prevé ha dado cuenta la correspondiente Comisión de Hacienda y que se anexa al acuerdo, procediendo a su publicación en el portal de transparencia.

Qué se comunica

  • Liquidación 2025

    Secretaría explicó que la liquidación del presupuesto de 2025 detalla, en gastos, los créditos iniciales, modificaciones, créditos definitivos, obligaciones reconocidas y pagos, y en ingresos, las previsiones, los derechos reconocidos y anulados y lo recaudado, además de los cobros y pagos pendientes a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería.

  • Tramitación

    Según Secretaría, la liquidación fue aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026 y por los organismos autónomos, las cuentas anuales de las empresas municipales de capital íntegramente municipal fueron formuladas por sus consejos de administración, y del asunto se dio cuenta en la Comisión de Hacienda, con publicación posterior en el portal de transparencia.

Resultado

  • Respuesta

    Resultado

    La alcaldesa indicó que el Pleno se daba por enterado y pasó al siguiente punto del orden del día. No consta en la transcripción intervención de ningún grupo municipal ni votación.

Resumen generado automáticamente con claude-opus-5 y revisado a mano el 25 Sep 2026. Cada punto enlaza con las intervenciones que lo respaldan.

Debate

Secretaría 21:01

El presupuesto de cada ejercicio se liquida en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural, debiendo las entidades locales y sus organismos autónomos confeccionar la liquidación de sus respectivos presupuestos. Presupuestos antes del primer día de marzo. La liquidación pone de manifiesto, respecto al presupuesto de gastos y cada partida, los créditos iniciales, modificaciones, créditos definitivos, gastos autorizados y comprometidos, obligaciones reconocidas, pagos ordenados y realizados. Respecto al presupuesto de ingresos, las previsiones iniciales, sus modificaciones, las previsiones definitivas, los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados Por tanto, la liquidación debe de determinar los derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, el resultado presupuestario, los remanentes de crédito y el remanente de tesorería. La liquidación ha sido aprobada por resolución de alcaldía de 27 de febrero de 2026, así como por los respectivos organismos autónomos. Las cuentas anuales de las empresas municipales del 100%, pertenecientes, cuyo capital pertenece 100% al Ayuntamiento, han sido formuladas por sus respectivos consejos de administración. Todo ello de conformidad con los artículos 191 y 192 de la Ley de Haciendas Locales, que prevé asimismo en su artículo 193 dar cuenta de la liquidación presupuestaria al Pleno, que comprende la del ayuntamiento y sus organismos autónomos, así como de la formulación de las cuentas anuales por las empresas municipales, cuyo desarrollo se prevé ha dado cuenta la correspondiente Comisión de Hacienda y que se anexa al acuerdo, procediendo a su publicación en el portal de transparencia.

Carmen Moriyón Entrialgo (Presidencia) Foro 22:39

Muchas gracias. El Pleno se da por enterado. El sexto punto del orden del día es la dación de cuenta de la sustitución de miembros designados por el Grupo Municipal Socialista en las comisiones del Pleno.